Cábila, tribu de beduinos o bereberes.

Cabildo: ayuntamiento, junta, de los regidores de un pueblo, alfoz o región, (designados por el Gobernador en la América hispana). En Canarias, el conjunto de los representantes de los pueblos de cada isla con funciones de Diputación Provincial cada uno de ellos. El 11 de julio de 1912 se creó un cabildo en cada isla canaria para paliar el descontento de Las Palmas frente a Santa Cruz de Tenerife, pero la rivalidad entre el cabildo de Las Palmas, recién creado, con la diputación de Tenerife continuó, y en 1925 se decidió suprimir la diputación de Tenerife y dejar allí solamente Cabildo, lo que tampoco solucionó la rivalidad insular, y en 21 de septiembre de 1927 se decidió que existieran dos provincias, una en Las Palmas de Gran Canaria y otra Santa Cruz de Tenerife manteniendo los cabildos de cada isla que integraban dos mancomunidades insulares pero ninguna Diputación.

Cabildo americano: institución de gobierno local propio de las ciudades de Indias, con jurisdicción en el ámbito urbano y la zona rural periférica subordinada, incluidas las villas de su entorno (que carecen de cabildo y por ello no se consideran ciudades). El Cabildo era presidido por el Gobernador, Capitán General o Virrey. Se componía de dos alcaldes, uno de primer voto y otro de segundo voto; de un número variable de regidores, según las dimensiones de la ciudad; de un procurador. El alcalde hacía la misma función que el justicia aragonés, y tenía funciones judiciales, mantenía el orden y seguridad pública, y administraba justicia en primera instancia. A veces, el alcalde de primer voto entendía de causas criminales y el de segundo voto de causas civiles. El alcalde podía presidir el Cabildo en caso de ausencia del gobernador y su teniente. Son diferentes los alcaldes de Santa Hermandad que sólo son policía rural y no tienen funciones judiciales, y los alcaldes de barrio que eran policía de barrio. Los regidores cambiaban cada 1 de enero, por lo que se convocaban elecciones cada mes de diciembre.

Cabildo catedralicio: corporación de canónigos de una catedral, nombrados por el obispo de entre los clérigos más cultos o más eficientes. Está dotado de ciertos privilegios y de entre ellos se solían extraer los obispos, además de tener unas rentas propias de canónigo, variables según la riqueza de la diócesis. Surgió a partir del siglo XII, porque en el IX, la Iglesia ganó muchos terrenos de los que el obispo se convirtió en señor, y adquirió derechos y rentas de muchos campesinos. En torno al año 1100, concilio de Palencia, el clero secular exigió participar en la administración de los bienes de la Iglesia que eran patrimonio de la catedral, y formó otra “mesa pontifical” para administrar los bienes y derechos de obispo (rentas del patrimonio episcopal, un sexto del diezmo, ración completa de varios beneficios de la diócesis, penas impuestas por tribunales eclesiásticos, derecho de visitación, tributo catedralicio pagado por cada clérigo al obispo, firma y sello, luctuosa de los clérigos y vasallos del obispado), y una “mesa capitular” para administrar bienes y derechos destinados a otros usos. El sistema sería copiado por los conventos que también hicieron una “mesa abacial” y una “mesa de los monjes”. Las Órdenes Militares llamaban encomienda a la mesa de los monjes.

Cabreo: en Cataluña, valoración de las fincas sujetas a real patrimonio que hacía el baile cada 5 ó 10 años, a fin de fijar nuevas contribuciones anuales y de cobrar los laudemios por traspasos de propiedad. Era ocasión para que los poseedores exhibiesen sus títulos y privilegios que ostentaban, y para ordenar las cunetas públicas del bailío. También se llamó cabreo al libro de ganancias de cada vecino de un pueblo en orden a atribuirle las contribuciones a pagar, es decir, una especie de catastro.

Cabrevación: en Valencia y Mallorca lo mismo que cabreo en Cataluña.

Cacique español: palabra tomada de las tribus americanas que sirve en España para designar a la persona que tiene influencias morales o económicas sobre determinado número de personas de su pueblo o región y utiliza esas influencias para dirigir la política mediante medios coactivos, persuasivos o corruptivos.

Cacique indio, (curaca en Perú): jefe de un poblado indio normalmente vitalicio y hereditario que ejercía la justicia en el poblado y ponía multas y tributos. Francisco de Toledo (1515-1582), virrey del Perú, quiso que los caciques fueran designados por las autoridades españolas, pero los reyes de España decidieron que siguiera siendo hereditario el cargo aunque prohibiendo abusos como recibir indias como tributo. El cacique recibió el título de “don” y tratamiento de hidalgo español y tenía el privilegio de nombrar alcaldes y regidores de indios así como juzgar, pero se le prohibió condenar a muerte y mutilar. Representa la continuidad de la autoridad, frente a una institución española como el cabildo, que era renovado cada año.

Caciquismo, caciquil: sistema político en el que el gobernante utiliza la red de caciques de un país. (ver cacique)

Cadí, juez religioso musulmán elegido por el imán de la comunidad de entre los hombres que conocen el derecho y son buenos musulmanes, para hacer cumplir la ley islámica, pero no puede reprimir o aplicar la shurta.

Calendario Maya, es un cómputo del tiempo pensado para 8.000 años y organizado de la siguiente manera: un día es un kin, 20 días son un uninal, 18 uinales y 5 días nefastos hacen un tun, o año de 365 días, 20 tunes son un katún, 20 katunes son un baktún y 20 baktunes hacen un pictún.

Calendario romano, se componía de doce meses, el primero de los cuales, marzo, se dedicaba a Marte, dios de la guerra y era el momento en que los soldados partían a defender los distintos lugares del imperio; aprilis estaba dedicado a Apru, nombre antiguo de Venus y daba entrada a la vida y a la primavera; maius estaba dedicado a la diosa Maya, diosa de la fertilidad de los campos; junius estaba dedicado a Juno diosa de la maternidad y de las mujeres; julius se llamaba así en honor a Julio César; augustus se llamaba así en honor a Augusto; september significa el séptimo; october significa el octavo; november significa el noveno; december significa el décimo; januarius es el mes del dios Jano, el principio de las cosas, la puerta a partir de la cual viene mejor tiempo; y febrouarius es el mes de Februa y de Febrio (Plutón) el dios de los muertos en el que había que preparar el campo y hacer la siembra.

Las calendas eran el día 1 de cada mes. Las nonas eran el día 5, menos los meses de marzo, mayo, julio y octubre que eran el 7. Las idus eran el día 13, menos marzo, mayo, julio y octubre que eran el 15. Los días se contaban por cuánto faltaba para las kalendas, nonas o idus, contando el primero y el último día inclusive.

Las horas del día eran irregulares, según la época del año, pero en un ejemplo teórico y elemental las expondremos como si fueran regulares: la Prima era el amanecer, hacia las seis de la mañana en verano, la Tercia era el comienzo oficial de la mañana, hacia las nueve, la Sexta era el mediodía, la Nona era el comienzo de la tarde, hacia las tres, la Véspera era el anochecer, hacia las seis de la tarde, la Prima Face Lumínibus Accensis era el principio de la noche, la Concubia o Intempesta era la hora del sueño, las doce de la noche, la Inclinatio era la noche avanzada, el Galicinium era el primer canto del gallo, el Contirinium era el periodo intermedio hasta el amanecer, y el Dilúculum era la última hora de oscuridad.

Califa: o jalifa, entre los musulmanes, señor todopoderoso, dueño de las personas y de las cosas y representante de Dios por ser lugarteniente de Mahoma.

Caloña, castigo medieval al ofensor para restablecer el daño hecho al ofendido. El concepto desapareció cuando se estableció una multa y una compensación pecuniaria puestas por un juez del rey.

Cámara: Cuerpo legislador. Cámara Alta es igual que Senado. Cámara Baja es igual que Cámara de Comunes, Congreso, Cámara de Diputados.

Cámara apostólica, es el organismo encargado de las finanzas de la Iglesia católica encargado de llevar el libro de introitus (ingreso) y exitus (gasto o salida). Los introiti se pueden deber a obligationes (tributo pagado por los beneficiarios al recibir un beneficio), y solutiones (tributos por ruptura del contrato.

Cámara de Comptos, era en el Reino de Navarra la institución que supervisaba y controlaba las finanzas del Reino.

Camarilla, grupo de hombres de confianza de Fernando VII que actuaban como auténtico gobierno de España.

Camino: senda de tipo local elaborada por la costumbre de paso. Camino de herradura es apto par animales. Camino carretero, es apto para carruajes. En la Edad Media, su mantenimiento corría a cargo de la gente de los pueblos por donde pasaba, pero solían excusarse de ese trabajo y, tradicionalmente, los caminos estaban en muy mal estado.

Canal de Panamá, unión del Atlántico y el Pacífico hecha por los franceses y acabada por los americanos en 1913.

Canal de Suez, unión del Mar Rojo y el Mediterráneo construida entre 1859 y 1869 por los franceses. (161 Km.)

Cancelario, canciller o maestreescuela: es un representante papal en cada Universidad medieval o moderna, que ejercía la jurisdicción civil y criminal en la Universidad, confería grados y presidía el claustro. El cargo solía estar desempeñado por el obispo de la ciudad, una dignidad eclesiástica, o un catedrático o doctor de la ciudad universitaria. En 1824 se potenciaron las funciones del rector en detrimento del cancelario, y poco después se suprimió el oficio de maestreescuela.

Canciller: en Alemania y Austria, presidente del Estado federal que sólo depende del Rey o del Presidente de la República.

Canciller medieval: persona que redactaba, expedía y autentificaba con un sello los documentos del rey, y se ocupaba de que las cartas del rey no fueran contrarias a derecho en cuyo caso debía romperlas o “cancelarlas”, de donde le venía el nombre de canceller o canciller.

Cancillería: servicio de secretaría de un rey medieval encargado de guardar la documentación regia. Estaba integrada por un canciller, notarios, escribanos y oficiales menores. Se ocupaba de la justicia, asuntos de cámara y asuntos generales. En el siglo XII ya existía en Castilla (arzobispo de Toledo) y en León (arzobispo de Santiago), en el XIII la reestructuró Alfonso X, profesionalizándola y separándola de la Curia Regia. En el XIV el cargo fue de designación real.

Canonistas: estudiosos de los textos legales de la Iglesia. En la Edad Media se formaban en Bolonia. Su trabajo era aclarar y comentar textos glosándolos en las llamadas “decretales”.

Cantonalismo, movimiento político español de 1873 que pretendía convertir las distintas comarcas en Estados soberanos o cantones. (Cantón es un trozo lateral de un todo).

 

Capacidad, medidas antiguas de:

En Cantabria, la hierba y la madera se medían en brazadas.

Seis brazadas hacían un coloño.

Seis coloños hacían una basna. Una basna era la capacidad tipo de un carro o trineo de tracción animal.

En Castilla, la unidad de capacidad de líquidos era el azumbre, cuya capacidad eran dos litros. Pero para las grandes capacidades se utilizaban:
el tonel, que eran 2 pipas, o 56 cántaras (unos 900 litros)

la pipa, que eran dos barricas, o 28 cántaras.

El moyo eran 16 cántaras.

la barrica, que eran 14 cántaras (unos 225 litros).

La cántara era una arroba de peso, es decir, unos 16,13 kilos.

Las pequeñas capacidades se medían:

La cuartilla, que eran 2 azumbres (4 litros).

El azumbre.

La botella, eran 1,5 cuartillos.

El cuartillo, que era un cuarto de azumbre (0,5 litros).

La copa era un cuarto de cuartillo.

En Castilla, la unidad de capacidad de sólidos para las grandes cantidades era la fanega, que se medía con dos cajones de media fanega de 27,7 litros cada uno. De ello resultaba que la fanega de trigo pesaba unos 44 kilos y la de cebada unos 33 kilos. La fanega eran 12 celemines.

El caíz tenía 12 fanegas.

La cuartilla era un cuarto de fanega.

Para las ventas de uso más corriente, la unidad de capacidad de sólidos era el celemín, o almud, que equivaldría a 4,625 litros.

El medio celemín era lo que su nombre indica.

El cuartillo era la cuarta parte de un celemín.

En la Antigua Roma, la unidad para las grandes capacidades era el modio, unos 8,75 litros, cuyos múltiplos eran:

El sesquimodio, de 1,5 modios.

El ánfora, de 3 modios.

Para las pequeñas cantidades la unidad era el congio, de 3,281 litros.

El sextario era un sexto de congio, poco más de medio litro.

La hemina era la doceava parte del congio.

El cuadrante era la mitad de una hemina.

El acetábulo era la cuarta parte de una hemina.

El ciato era un tercio de cuadrante.

La coclearia era la cuarta parte de un ciato.

En Inglaterra, las medidas de capacidad son:

La yarda cúbica de 764 litros.

El pie cúbico de 283, 2 litros.

El barril de 158,98 litros.

El búshels de 36,36 litros.

El búshels USA de 35,24 litros.

El galón de 4,5454 litros.

El galón USA de 3,7850 litros.

El quarter de 0,9463 litros, que son dos pintas.

La pinta de 0,4732 litros.

 

Capellanía: adscripción de un número determinado de bienes en vínculo perpetuo a un fin, como que se digan misas, que alguien haga estudios (muchas veces religiosos), o que se proteja a unas viudas o pobres de una comarca. Había capellanías eclesiásticas o colativas que eran las instituidas a favor de una iglesia o capilla. Había capellanías mercenarias o laicas a favor de hijos disminuidos, segundones, o para decir misas perpetuamente. Lo interesante de este fenómeno es quién era el administrador de las capellanías, pues era negocio muy rentable. Campomanes luchó contra ellas, y lo mismo hizo Jovellanos y Godoy, y por fin fueron suprimidas en la desamortización de Espartero de 19 de agosto de 1841.

Capitación: prestaciones directas cobradas en metálico por el rey y los señores a los cabezas de familia de su territorio.

Los romanos cobraban un “tributum soli” o stipendium a unos, y un “tributum capitis” o capitación a los que no pagaban estipendio.

En la Edad Media, capitación era el conjunto de tributos que cargaban sobre la economía doméstica de modo directo tales como pedidosserviciosllevas y empréstitos. Se dieron en llamar pechos y servicios, pero también se llamaron cabezajescabezasdoblas alfardas.

También se llamó así el tributo cobrado a los musulmanes.

Capitalismo: sistema económico librecambista en el que el capital es aportado por la propiedad privada que busca el máximo beneficio de la fabricación y venta de bienes y servicios. Los problemas sociales más discutibles del sistema es su sentido de que absolutamente todo es susceptible de convertirse en mercancía y sus relaciones con los asalariados.

Capitanía general: división administrativa creada en España en 1700 con los Decretos de Nueva Planta, creando 11 capitanías para España con capitanes generales que eran jefes militares y además presidían la Audiencia y vigilaban a los corregidores y a los jueces ordinarios.

Capitanía general de Indias: el capitán general era el virrey o el gobernador pues ambos tenían funciones militares, reclutaban tropas, hacían fortificaciones y abastecían y protegían a los buques.

Capitulación: reunión en la que se establecen las condiciones de un negocio.

Carlismo: partido español del XIX tradicionalista, católico, y absolutista, con seguidores al norte del río Ebro.

Carta de recudimiento o de receptoría, era la carta del rey que en la Edad Media autorizaba a un arrendador de rentas reales a percibirlas (receptoria) para luego llevar el dinero al rey (recudimiento u ocasión de acudir en auxilio del rey). El encargado de recaudar podía ser el concejo, un noble o un particular, que debía poner lo recaudado en manos de contadores reales a fin de que comprobaran que se recaudaba lo convenido y cuánto era el sobrante.

Carta otorgada: sistema de derechos semejante a una constitución, entregada por el rey a sus súbditos, pero no elaborada y aprobada por ellos o sus representantes electos, sino por algunos notables designados por el rey.

Carta puebla: fuero generoso por el que un rey pretendía atraer pobladores para un alfoz determinado. En la carta se especificaban las condiciones de ocupación, tenencia del suelo y normas municipales. En todo lo no previsto en la carta puebla, el lugar o villa se atenía al derecho que se especificara, como podía ser el Fuero Real, los Furs de Valencia, los Fueros de Aragón…

Cartel: asociación económica propia del siglo XIX por las que varias empresas dedicadas a una producción similar se ponen de acuerdo en los precios y se reparten los mercados. En el cartel cada empresa miembro guarda su independencia técnica, salvo en lo que respecta a cumplir el pacto del cartel.

Cartismo: movimiento político británico de 1838-48 que reclamaba reformas sociales y políticas a través del Parlamento y por medio de unas cartas dirigidas al mismo.

Carril: camino cuyo firme sólo comprende las dos ruedas del vehículo que ha de recorrerlo y tiene una guía para que las ruedas no se salgan de esas dos guías. Hay carriles anteriores a los romanos y los romanos hicieron muchos, por ejemplo en Andalucía occidental. El carril actual o ferrocarril, actual es el del tren.

Casa de Contratación, institución creada en Sevilla 1503 para controlar todo el comercio que salía para América. Fue suprimida en 1790 tras la liberalización del comercio en 1778.

Casa del pueblo, locales utilizados por los socialistas españoles desde fines del siglo XIX para difundir sus ideas.

Cash-flow: total de tesorería incorporada en el año fiscal a la empresa, es decir, conjunto de beneficios, aplicaciones a reservas, dotaciones a previsiones, y amortizaciones. De otra manera: Son ganancias brutas, de las que habría que quitar amortizaciones, pago de beneficios e impuestos para obtener la ganancia neta.

Casta: cada uno de los grupos sociales allí donde es imposible para el individuo cambiar de grupo.

Catastro, registro de las propiedades urbanas y rústicas que sirve como base para el impuesto.

Caudillo, apelativo de los dirigentes políticos o militares sudamericanos del siglo XIX. Franco lo asumió en 1936 en España.

Ceca, lugar y organismo encargado de acuñar moneda.

Cédula, despacho expedido por el monarca y firmado por él.

CEE Comunidad Económica Europea, llamado Mercado Común de 1957 a 1987. Por el Acta Única de 1987 se convirtió en la Unión Europea. España se integró en la CEE en 1986.

Censitario (sufragio censitario): que pone ciertas condiciones para ejercer el voto y para ser elegido, normalmente poseer una cantidad de rentas anuales.

Censo, recuento de población. A partir del siglo XVIII, puede significar recuento de población (el primero en España es el de Aranda en 1768. Desde 1857, en España se hacen cada 10 años); o lista de votantes o personas con derecho a una votación (censo electoral).

Censo enfitéutico, contrato agrario de larga o indefinida duración por el que el cedente conserva el dominio directo o eminente, y cede el dominio útil. Este dominio se podía traspasar, pero entonces había que pagar laudemio al cedente original.

Censo: En la Edad Media, podía ser un tributo del vasallo al señor, a cambio del uso de unas tierras, o el pago por un contrato de renta que se hacía por un inmueble. En general podemos asimilarlo a un préstamo hipotecario.

  1. Consignativo: préstamo de un capital habiendo puesto como garantía una finca.
  2. Reservativo: cesión de una finca a cambio de anualidades perpetuas (enfitéuticas), o redimibles (al quitar).
  3. Vitalicio: diversas cesiones del goce de un inmueble:

Precaria: gratuitamente por un tiempo determinado.

Precaria onerosa: a cambio de una renta, o censo.

Precaria remuneratoria: intercambio de uso de bienes inmuebles.

Censura, votación en el Parlamento a iniciativa de la oposición para cesar a un Presidente de Gobierno o un Ministro.

Centralismo: sistema de gobierno racionalista y uniformizador que tiende a establecer el centro del poder en un solo punto desde el cual emanen todas las órdenes de gobierno.

Cepo, cepillo, vaçín: son unas huchas, generalmente de madera, que las parroquias cristianas tenían desde la Edad Media para que los creyentes hicieran donaciones voluntarias, o mandadas por el confesor en penitencia. El más importante de los cepos era el colocado por el “obrero” de la catedral en cada una de sus parroquias dependientes. Pero había otros cepos parroquiales al lado de un altar, de una imagen de un santo, o para “el culto de la parroquia”.

Chancillería: tribunal real en el que se llevan los asuntos que conciernen al rey o al Estado.

Chargues foncieres, expresión francesa que significa cargas territoriales.

Cibernética, industria de las máquinas calculadoras que apareció a partir de 1948.

Ciclo económico: movimiento periódico en la gráfica de precios caracterizado por una fase de subida de los mismos (fase A) y una fase de bajada (fase B). Hay ciclos pluriseculares, medioseculares o de Kondratieff, decenales o de Jutglar, bianuales, y semestrales.

Cientos, eran los cuatro 1% que Felipe II había concedido en la venta de la mayoría de artículos de consumo. Se cobraban junto a la alcabala, que era el 10% ordinario. En total, la compraventa se gravaba con ese 14% más otros impuestos como fiel medidor, etc.

Cillalugar de almacenamiento parroquial del diezmo.

Cipayo: indígena hindú contratado como soldado por Gran Bretaña.

Circunscripción: distrito electoral.

Civilización: es el conjunto de características comunes que conforman unos determinados grupos humanos, y posibilitan el desarrollo de la personalidad de cada uno de los individuos que integran esos grupos, entre las que se deben tener en cuenta, relacionándolas entre sí: el espacio geográfico, las relaciones sociales, las relaciones de la sociedad con el medio geográfico (economía), el pasado de esa sociedad (costumbres y creaciones humanas que llamamos historia) y las creaciones originales de tipo irracional, artístico, folclórico y religioso. Ninguno de estos caracteres citados puede ser entendido separadamente de los demás. El grado de conocimiento que ese grupo social tiene de su propia cultura y de las creaciones de otras culturas, se llama a veces civilización y otras veces cultura, de forma indistinta. Por la complejidad del concepto, puesto que el individuo recibe de su civilización todas las posibilidades culturales que le son asumibles, cada civilización es prácticamente impermeable para los individuos pertenecientes a otra diferente, excepto por empatía, como si se empezara a vivir otra vez, y aun así, muchos autores ponen serias dudas a que esto sea posible. Por ser las civilizaciones sistemas coherentes internamente, pero contradictorios con otros elementos de otras culturas, las civilizaciones se repugnan mutuamente siendo imposible la convivencia de ambas en un mismo territorio o en un mismo colectivo social. Este término se relaciona con “cultura” o grado de integración de un individuo en su civilización. También se relaciona con “aculturación” o posibilidades de que un individuo de una civilización se integre, o sea integrado, en otra extraña. Civilización se relaciona también con “sociedad”, o grupos sociales internos a una civilización que se organizan para interpretar unas posibilidades concretas de su civilización, o manera de organizarse los grupos sociales para aprovechar las posibilidades de su civilización. En una civilización puede haber sociedades diferentes sucesivas, y sociedades diferentes coetáneas, siendo discutible decidir cuándo se aprovechan mejor las posibilidades de una civilización, si uniformemente o con sociedades diversificadas.

Clan: grupo humano con cohesión interna esporádica en torno a unos determinados intereses. Suele formarse por agrupación de clientes en torno a una determinada familia.

Clase social: cada grupo social propio de la sociedad burguesa, caracterizado porque los individuos tienen un semejante poder adquisitivo, riqueza, propiedades, dentro de la sociedad clasista. Teórica y legalmente, el hombre está en igualdad de condiciones para ascender de clase social si logra enriquecerse.

Clero, es un término derivado del griego “kleros”, denominación de la tribu de Leví o tribu sacerdotal judía, y denomina pues a la casta de los sacerdotes y servidores de la Iglesia.

Clero regular, es el clero que sigue una regla o norma de vida determinada. Cuando tienen segunda orden suele referirse a sección femenina, y tercera orden suele referirse a seglares:

Se llaman monacales o monjes, los dedicados a la vida contemplativa y litúrgica, tales como los benedictinos, cistercienses, cartujos, basilios, y jerónimos.

Se llaman canónigos regulares los cabildos que siguen una vida regulada al estilo monacal, pero son más independientes, tales como canónigos de San Agustín, premostratenses y freires de órdenes militares.

Se llaman mendicantes a los que viven de la limosna y se dedican al apostolado y la oración, pero con hábito y cantos de coro, tales como los franciscanos, dominicos, agustinos, mercedarios, trinitarios, servitas, carmelitas, hospitalarios.

Se llaman clérigos regulares a miembros liberados de las obligaciones monásticas que se dedican intensamente al apostolado, tales como jesuitas, escolapios, teatinos.

Se llaman congregaciones religiosas a los grupos cuyos miembros emiten votos simples, y estas congregaciones son clericales si sus miembros son sacerdotes, como los pasionistas, claretianos y salesianos, o laicales si sus miembros son seglares como las Escuelas Cristianas y los Maristas.

Se llaman sociedades de vida en común, a aquellos grupos cuyos miembros no están ligados por votos, tales como los filipenses y los paúles.

Tenemos noticias de clero regular desde muy antiguo: los visigodos tenían monacato autóctono que seguía las reglas de San Martín de Dumio, Juan Viclarense, Leandro, Isidoro o Fructuoso; en el IX llegó la orden de San Benito a Cataluña, y en el X se extendió por Castilla, León y Galicia; en el XI tuvo lugar la reforma cluniacense; en 1160 se fundó la Orden de Calatrava; en 1170 empezó la Orden de Santiago; en 1177 se inició la Orden de Alcántara; en el XIII llegaron los mendicantes (1116 dominicos, 1198 trinitarios para redimir cautivos, 1223 mercedarios); en el XVI empezó la edad de oro de las órdenes religiosas con Teresa de Jesús y San Juan de la Cruz que canalizaron un fervor desbocado del pueblo por lo santo y religioso, junto a la llegada de hospitalarios de San Juan de Dios en 1540 y de escolapios de San José de Calasanz en 1598.

Cliente: persona que se debe a otra y está bajo su protección, porque no se considera lo suficientemente fuerte como para declararse independiente y atender a su propia seguridad. La sumisión del cliens a la autoridad del patronus es “voluntaria”, y se basa en la “fides” o buena fe del uno para con el otro, vínculo que tiene carácter sagrado. El cliens pasa a ser parte de la gens del patrono, aunque hoy decimos más frecuentemente clientela.

Codicilo, dispositivo de últimas voluntades que podemos encontrar en Aragón y Cataluña, que coexiste con el testamento de forma separada, o puede ser una cláusula dentro de él. La diferencia con el testamento es que éste señala un heredero, mientras el codicilo señala unas condiciones para que disfrute de un bien quien las cumpla.

Código: sistematización de leyes hecha por el Estado. En tiempos romanos y visigodos, se llamó código a las simples recopilaciones de leyes romanas tomadas sin criterio ninguno, sin ordenar. Pero un código moderno es un sistema legal único, general, homogéneo y completo sobre un tema determinado, conformada por sistemas de preceptos orgánicamente interrelacionados que parten de unos principios generales comunes básicos y desarrollan las leyes con unidad de criterio y de tiempo. Los códigos aparecieron a fines del XVIII con las Common Laws Británicas, pero los más influyentes fueron los de Napoleón: Código Civil de 1804, Código de Comercio de 1807, Código Procesal de 1806 y 1808, y Código Penal de 1810. España no tendrá códigos hasta 1848-1851, excepto el de Comercio 1829 y Mercantil 1830, casi todos puestos al día en 1880-1890. Alemania no tuvo código civil hasta 1900.

Coexistencia pacífica, política de distensión intentada por EE.UU. y URSS en los años sesenta del siglo XX.

Cok o coque: carbón al que se le ha desposeído de impurezas.

Colectivización, proceso por el que las propiedades privadas pasan a serlo de diferentes organismos públicos o colectivos.

Colegiales, estudiantes de la Universidad que residían en los colegios mayores en el siglo XVIII. Creados en principio para estudiantes pobres a los que se becaba, habían acabado por ser el lugar donde estudiaba la alta nobleza española. Se oponían a los manteístas.

Colonialismo: dominio ejercido por una entidad política denominada metrópoli, sobre otra denominada colonia, con presencia militar, o civil (colonos) de individuos de la metrópoli en la colonia. El gobierno de la colonia lo pueden ejercer sociedades privadas bajo la protección de la metrópoli, o directamente la metrópoli a través de un gobernador con o sin cooperación de gobiernos indígenas.

Está relacionado con el imperialismo que es el dominio económico ejercido por una potencia sobre otras naciones con presencia comercial en la colonia. No es necesaria la presencia militar, aunque sí suele haber amenaza de ataque militar. El gobierno del país afectado es, teórica y jurídicamente, libre.

En el caso británico:

La «colonia de explotación» es una tierra dependiente del gobierno de Londres, en la que se pretende instalar colonos para trabajar la tierra u otros recursos.

El «dominio» es una institución británica en la que la colonia tenía autonomía en ciertos campos de la administración. También se llama selfgovernement.

En la práctica, la colonia de explotación puede tener un gobierno indígena colaborador, pero no tiene concedido el derecho político de autogobernarse, sino que ese gobierno es una gracia de Gran Bretaña.

El protectorado es una presencia militar de la metrópoli en la colonia con el pretexto de organizar económica y políticamente a ese país. Es decir, es un caso de colonialismo con compromiso para la metrópoli de respetar la integridad territorial y la población de la colonia.

El fideicomiso es un protectorado por encargo de la Sociedad de Naciones o la ONU y bajo su supervisión.

El neocolonialismo es el dominio e influencia de las multinacionales sobre los gobiernos y países subdesarrollados a través del poder que da el crédito y la inversión.

 

Colono: voluntario extranjero para explotar tierras.

Combination Laws: leyes de 1760-1824 que prohibían las asociaciones.

Comité: comisión política de un grupo de ciudadanos utilizada por Robespierre y los sistemas comunistas para encargarle una misión política determinada.

Commonwealth, asociación de países independientes, antiguas colonias del imperio británico.

Compañía de Jesús, orden religiosa católica fundada en 1540 por Ignacio de Loyola, y aprobada por el Papa Paulo III el 27 de septiembre de 1540. Los primeros Generales de la orden fueron Ignacio de Loyola, Laínez y Borja. En el siglo XVII tuvieron mucha influencia en la Corte española a través de los confesores reales Nithard y Rávago. Llegaron a contar con 144 establecimientos en España, de los cuales 117 eran colegios gratuitos para laicos. Fueron expulsados de España el 3 de abril de 1767 por Carlos III, suprimidos por el Papa Clemente XIV en 1773, restablecidos por el Papa Pío VII en 1814, restablecidos por Fernando VII, suprimidos el 15 de agosto de 1820 por los liberales del Trienio, restaurados en 1823, suprimidos en 4 de julio de 1835, restablecidos en 4 de julio de 1852, suprimidos el 12 de octubre de 1868 por la revolución de octubre, restablecidos en 1874, suprimidos el 23 de enero de 1932 por la Segunda República y restablecidos en 1938.

Composición de tierras, es una expresión americana que significa legalización de ocupaciones de tierras después de una larga tenencia ilegal de las mismas, cuyo origen solía ser un arrendamiento de pastos o un despojo a los indios.

Compromisario, persona elegida como representante de un territorio o grupo de personas, para ser elector en una determinada reunión política.

Comuna, ensayo de vida comunista llevado a cabo por un reducido número de personas. Es famosa la Comuna de París de 1871.

Comunismo: teoría y sistema político en el que la propiedad de los medios de producción pasa a manos de instituciones comunitarias (cooperativas, municipios, comunas, Estados).

Concilio: reunión de notables bajo la presidencia de su señor. Los instituyó Augusto para organizar el culto al emperador eligiendo un “flamen” o sacerdote encargado de esa función, y para limitar los abusos de los gobernadores provinciales, de modo que los ciudadanos importantes de una provincia se reunieran, expresasen sus quejas, dieran opiniones sobre asuntos administrativos, impositivos y jurídicos, y pudiesen denunciar abusos del gobernador en el periodo interconciliar. Se reunían en la capital de la provincia. Asistían los representantes de las colonias, de los municipios y de las ciudades estipendiarias. En la Iglesia cristiana se denominan Concilios las reuniones de obispos y teólogos convocados por el Papa, o el Emperador, o el Califa en su momento. Fueron decididos por el Concilio de Nicea de 325, que mandó que la Iglesia se gobernase por concilios. Leandro, obispo de Sevilla, decidió con motivo de la conversión de Recaredo que se reunieran todos los obispos de Hispania y de la Narbonense en el Concilio de Toledo, y de allí surgió el Concilio General Visigótico que trataba todos los asuntos comunes, religiosos y civiles, concernientes a Hispania. Hubo en Hispania, entre 589 y 711, 26 concilios convocados e inaugurados por el rey, que entregaba las proposiciones a discutir (tomo regio) y se retiraba. Asistían a los concilios los obispos, abades, sacerdotes y diáconos, nobles del Aula Regia designados por el rey y algunos seglares piadosos. El concilio empezaba con días de ayuno y oración en los que se trataban temas de fe y disciplina eclesiástica y sólo participaba el clero, y continuaba con el estudio de temas civiles (origen del poder, legitimidad del soberano, normativa de sucesión real, fijación de tributos…). Las resoluciones eran preceptos imperativos, que sólo firmaban los obispos y que el rey podía confirmar, o no, mediante lex in confirmatione concilii. El Concilio de Trento de 1545-1563 definió el dogma católico y las normas morales a seguir por el clero. El Concilio Vaticano I de 1869 definió la infalibilidad del Papa y la Inmaculada Concepción. El Concilio Vaticano II de 1962-1965 propuso la apertura de la Iglesia a los laicos, y la aceptación de la libertad religiosa.

Concejo: (diminutivo de concilio, concilium en latín) reunión o conjunto de pobladores de un territorio o alfoz a fin de organizar su propia defensa, policía y normas de convivencia bajo la protección de algún señor o rey. Propio de la reconquista castellana. Se hace equivalente a Ayuntamiento en pueblos pequeños. La asamblea de hombres buenos era dirigida por el juez o el merino, que eran el representante del rey. Desaparece en el siglo XIV cuando se evoluciona al regimiento.

En Cataluña, se reúnen prohombres, presididos por un batlle o veguer que representan al conde o al rey. Los magistrados se llaman cónsulesjurats o pahers, y son siempre un colectivo de dos, cuatro o seis personas para cada cargo. El gobierno está dirigido por un consejo de diez, de cincuenta, de ciento.

En Aragón la asamblea se llama cabildo municipal y está integrada por jurats elegidos por las parroquias, el gobierno es el cuerpo de consellers, y el delegado del rey se llama zalmedina.

En Navarra el gobierno lo hacen los consellers y lo ejecuta el alcalde ayudado por jurados, que son mandatarios del alcalde.

Concejo abierto: ayuntamiento en el que todos los pobladores tienen derecho a voz y voto sin necesidad de autoridades superiores presentes. Se utiliza en pueblos pequeños.

Concordato: tratado o acuerdo entre un determinado Estado y El Vaticano. Suelen tratar sobre la financiación del culto, enseñanza de la religión, matrimonio católico y otros temas.

Confederación, sistema político de unión de territorios en el que queda predeterminado que las decisiones comunes sólo podrán tomarse por unanimidad.

Conferencia de Algeciras 1906, acuerdo internacional en el que España obtuvo el protectorado del Rif.

Confianza, votación a iniciativa del Presidente del Gobierno para obtener la mayoría en el Parlamento.

Congreso: reunión. Es famoso el Congreso de Viena de 1814-1815, tras la derrota de Napoleón. El término “Congreso de diputados” apareció en España en la constitución de 1837 para designar a la Cámara Baja que representa a los ciudadanos de un Estado y se renueva periódicamente, con los progresistas de entonces, cada tres años, y con Narváez, cada 5 años.

Congrua: es la cantidad considerada suficiente para mantener un párroco o beneficiado eclesiástico, individualmente considerado cada caso por el obispo. Puede provenir del diezmo, o de la donación de un patrono. Es motivo de conflictos, por ejemplo, cuando el titular había obtenido otro destino con más ingresos y se había ausentado poniendo sustituto, pues la cantidad que le tocaba al capellán sustituto, una vez que el titular se quedaba con una parte, aprobada por el obispo, era, lógicamente más pequeña de lo que debiera por congrua.

Consejo: colectivo de legisladores o gobernantes.

Consejo de Guerra, juicio hecho por jueces del ejército. Es sumarísimo si se limita al procedimiento oral y suprime los trámites y plazos de un juicio ordinario.

Consentimiento matrimonial, tiene dos acepciones, el de los contrayentes que es necesario para que se dé por válido el matrimonio, y el de la familia, que tiene distintos tratamientos legales históricos. La República romana exigía consentimiento de la familia de los contrayentes. En la época más clásica se fue eliminando este consentimiento, peor en el Bajo Imperio se volvió a exigir este consentimiento. Los visigodos exigían autorización paterna para el matrimonio, de la madre si el padre ha muerto, y de los hermanos mayores si ha muerto también la madre. Las Partidas sólo exigen este consentimiento familiar para las hijas, del padre si vive, o de la madre si el padre ha muerto. No contar con el consentimiento significaba pérdida al derecho de herencia.

Conservador: significado original: partidario de mantener formas de gobierno preexistentes y desconfianza ante lo desconocido. Significado político e ideológico: el que lucha por mantener el sistema establecido. Significado histórico: el defensor del tradicionalismo, el antiliberal, que puede ser “reaccionario”, contrario a todo lo liberal, o simplemente “prudente” que tiene miedo a los cambios bruscos y a los muchos cambios. Todas las religiones son conservadoras por definición.

Constante: elemento que deja sentir su presencia de forma notoria durante un periodo de larga duración.

Constitución: conjunto de normas políticas básicas a seguir por todo el ordenamiento jurídico posterior, elaboradas por los representantes del pueblo y aprobadas por el pueblo, en las que se detallan los derechos y deberes de los ciudadanos y derechos, deberes y limitaciones de los gobernantes.

  1. pactada: resultado de un acuerdo entre gobernante y gobernados.
  2. otorgada: concesión del gobernante
  3. impuesta: exigida por el Parlamento al gobernante
  4. unitaria: que contiene un modelo de Estado unitario
  5. federal: que contiene un modelo de Estado federal

Constituyente: reunido para crear una constitución.

Consuetudinario: elaborado según la tradición y la costumbre.

Consulado: oficina que un Estado abre en una ciudad extranjera para la resolución de asuntos de su interés.

Consulado: sistema político de la República de Roma por el que el ejecutivo era compartido por dos personas o cónsules. Sistema impuesto por Napoleón en Francia en 1799.

Consumos, impuesto indirecto (alcabala, millones) propio del Antiguo Régimen que recarga el precio de las cosas en el mercado. Los Progresistas españoles del siglo XIX trataban de sustituirlo por impuestos directos, sobre las personas. Permanecen en el siglo XX como IVA, recargos especiales al tabaco y gasolinas…

Contabilidad nacional: sistema para calcular la producción, el consumo, los gastos públicos, el ahorro privado… de un Estado. Producción es el conjunto de actividades que aportan riqueza a un país o a una empresa.

SNA (System of National Accounts) es el sistema usado en los países de economía de mercado y contabiliza todos los bienes y servicios que se consideran productivos.

MPS (Material Product System) es el sistema que se usó en el siglo XX en los países de economía socialista, ya que este sistema no contabilizaba los servicios, pues no eran retribuidos, sino solamente la producción y distribución de bienes.

contrato ad complactandum, es un contrato agrario del estilo de la aparcería, por el que el cedente exige plantar una determinada especie, por ejemplo la vid, y la cosecha se divide entre los dos como en la aparcería.

Convención, Gobierno francés de 1792-1795 conocido por el terror, o inseguridad jurídica de los ciudadanos.

Convención de Ginebra, asamblea de las grandes potencias reunida en Ginebra en 1864 en la que se acordó la asistencia médica a los heridos en las guerras. El acuerdo se completó en 1929 con un compromiso de trato digno a los prisioneros. Fue ampliado en 1949 para proteger a la población civil en tiempo de guerra.

Convertidor: máquina para transformar el arrabio o hierro, en acero.

Corporación, agrupación de profesionales de un mismo sector económico, para defender unos intereses profesionales propios, y una ideología política, en su caso, que favorezca esos intereses profesionales.

Corporativismo: sentido de defensa de los intereses de la profesión por encima de los generales. En el fascismo se llama corporativismo a la creación de corporaciones, o entidades sociales «naturales» como la familia, municipio y sindicato, para representar a los hombres en la política y relaciones laborales.

En política, el corporativismo se traduce en elección de representantes de entidades (agrícolas, industriales, comerciales, religiosas, culturales, urbanas, rurales, regionales…) para formar organismos dirigentes.

Corregidor: delegado del rey y máxima autoridad en las principales ciudades de la corona, propio de la Edad Moderna.

Cortes: conjunto de los representantes elegidos por el pueblo para representarle en su soberanía y ejercer los poderes que eventualmente les otorgue la constitución. (Parlamento en Inglaterra; Estados Generales o Asamblea Nacional en Francia; Duma en Rusia; Dieta en Alemania). Puede constar de una o más Cámaras (unicameral, bicameral), o hemiciclos, y generalmente son dos:

Congreso: En España, conjunto de diputados elegidos de entre los candidatos aportados por los partidos políticos. Representa a la población del Estado

Senado: En España, conjunto de senadores elegidos personalmente en las diversas circunscripciones electorales. Suele representar a las instituciones, corporaciones o entidades regionales del Estado.

Cortes medievales, reunión del monarca con los nobles, clérigos y representantes de las ciudades, aunque al final de la Edad Media, y puesto que la finalidad era votar servicios para el rey que la nobleza y clero no pagaban, no fue necesaria la presencia de estos dos estamentos. En Castilla, la sesión de inicio, o proposición, se dedicaba a justificar los motivos de la reunión y a anunciar los temas a debatir y servicios económicos que el rey deseaba que fueran votados para la Corona. Respondía en primer lugar le señor de Lara en nombre de la nobleza, después el arzobispo de Toledo en nombre del clero, y más tarde los procuradores de Burgos en nombre de las ciudades.

Corto plazo: en créditos industriales, los de vencimiento inferior a 18 meses. Largo plazo, si la deuda es a más tiempo.

Corvea: término utilizado en Francia para designar los días de trabajo para el señor, en las tierras del señor o en los dominios del señor (En Castilla se utilizaba el término serna o jera).

Costumbre: comportamiento habitual de la gente de un lugar que tiende a hacer ley y así llega a ser argumentado jurídicamente para obligar a ser respetada por todos. La costumbre actúa a veces de acuerdo con la ley (secundum legem), a veces en espacios no contemplados por la ley (praeter legem), y a veces en contra de la ley (contra legem). Es un derecho no escrito y no siempre es lógico ni racional como la ley. Se debe distinguir del “uso” o conjunto de costumbres y leyes sociales que se vienen aplicando en un determinado territorio para determinados temas. En el siglo XIX se decidió que las costumbres no podían contradecir a las leyes y entonces surgió un problema con los fueros. Los fueros se equiparaban a los usos de cada territorio y algunos territorios trataron de hacer frente a la nueva ley derribadora de usos antiguos. Las Leyes fueron examinadas por la Junta General para ver si se atenían a los usos de la región y, en caso de contradicción, aplicaron la fórmula “se obedece pero no se cumple” para determinadas leyes.

Coto redondo: conjunto de propiedades de un señor que, generalmente, tendían a redondearse comprando las parcelas en medio de ellas y terminaron equivaliendo a cortijo en Andalucía y dehesa en Castilla y Extremadura. También se llaman despoblados, granjas, ventas… y la cualidad fundamental de ellos es que estaban exentos de obligaciones municipales como la derrota de mieses y otras costumbres concejiles. Coto deriva del latín, cautus, del verbo “cavere” tener cuidado con algo, y viene a significar prohibido. En la Edad Media, coto significaba el derecho de un cargo político a ejercer su autoridad exigiéndola por la fuerza, lo cual atribuyó al rey y sus funcionarios el cuidado del espacio de Corte, de los mercados, domicilios particulares, caminos, peregrinos y mercaderes. Más tarde, pasó a denominar los privilegios de inmunidad concedidos por el rey a los señores, de forma que los funcionarios reales no podían entrar en esos territorios señoriales o de señorío jurisdiccional. Cuando un señor lograba despoblar uno de estos territorios, éste se convertía en propiedad suya inaccesible a otras autoridades y se convertía en coto redondo.

Coyuntura: periodo de varios años, más bien decenios, durante el cual se gesta una realidad histórica.

Crac: ruptura de las operaciones del mercado bursátil por exceso de oferta de papel. No se compra a ningún precio. El más famoso es el New York de 1929.

Crecimiento económico: aumento de la riqueza de un determinado territorio.

Crédito: préstamo, o dinero que hay que devolver en ciertos plazos.

En la Edad Moderna había tres tipos principales de créditos:

Los “censos redimibles al quitar” es un préstamo hipotecario a interés determinado, por un tiempo que caduca cuando el censualista quiera, normalmente avisando con dos meses de anticipación. El objeto hipotecado suele ser el derecho de propiedad de una renta y se puede confundir con una venta simple, pero al ser redimible, deducimos que es un préstamo. Estadísticamente, el 20% se quitaban en 10 años, otro 20% en menos de 20 años, otro 20% en menos de 30 años, pero algunos se alargaban hasta los 40, 50, 60, 70… y hasta los cien años, aunque muy pocos se iban más allá en el tiempo.

Las obligaciones son préstamos de bienes a cambio de la prestación de un servicio por un tiempo muchas veces indeterminado, pero que se puede cancelar entregando bienes.

Las rentas constituidas son pagos por el disfrute de un bien, normalmente tierras e inmuebles que un censualista, arrendador o prestamista ha prestado a un censatario o rentero. En Galicia el censualista era casi siempre la Iglesia, y los censatarios eran estadísticamente 23% establecimientos religiosos, 19% hidalgos, 18% artesanos y labradores, 10% profesiones liberales.

Crimen, acto ilícito que lesiona los intereses colectivos y tiene sanción pública. Se relaciona con delito.

Criollo: descendiente de europeos nacido en América Latina.

Crisis: desajuste entre infraestructuras y sobreestructuras en los momentos de cambio histórico.

  1. social son cambios sociales y resistencias a ellos.
  2. económica son problemas en la oferta (por incapacidad de dar los precios vigentes) o en la demanda (por subida de precios).
  3. financiera son los problemas del Estado para hacer frente a sus obligaciones.
  4. política es la necesidad de cambios de Gobierno para ajustarse a una nueva realidad.
  5. de subsistencias es el conjunto de condiciones que hacen muy difícil la alimentación de la población.
  6. del petróleo es el nombre dado a la crisis económica mundial de 1973.

Cuadernos de quejas, listas de agravios que los ciudadanos franceses expusieron al rey en los Estados Generales de 1789.

Cuadra, medida de superficie variable según territorios, con máximos de 12.990 metros cuadrados en Argentina, y 12.539 metros cuadrados en Chile, y mínimos de 7.499 metros cuadrados en Paraguay y 6.400 metros cuadrados en Colombia.

También se usa en Latinoamérica para denominar cada polígono urbano edificado entre calles, lo que en España se denomina manzana.

Cuarentena: es un periodo de observación de una enfermedad, que en la Edad Media solía ser de 40 días revisables para acortarlos o alargarlos según se viera conveniente. En 1853 apareció un reglamento internacional (tras la Conferencia Sanitaria Internacional de París) y este se revisó en 1861, 1863 y 1866 hasta ser redactado el definitivo Reglamento General de Policía Sanitaria, que revisaba patente de los barcos, tripulantes, pasajeros, carga, diario de navegación, antes de permitir la entrada a puerto de un barco, o mandaba guardar cuarentena en su caso. La Junta de Sanidad encargada de estos trámites, también recibía denuncias de casos de enfermedad de tierra, hechas por los médicos, y tomaba las medidas necesarias. Actualmente estos casos los controla la Organización Mundial de la Salud OMS.

Cultura: aplicado a un colectivo humano, equivale a civilización. Una cultura es, en algunos textos, una civilización. Ver. “civilización”.

Cultura: aplicado a un individuo, es el grado de conocimiento que éste posee de su civilización y el grado de integración que ha logrado en la cultura del colectivo a que pertenece, incluyendo los conocimientos y contactos de su civilización con otras civilizaciones. Aunque es abstracta e intangible, los resultados de su existencia son perceptibles y evaluables. Comprende conocimientos e integración en elementos cognitivos (conocimientos objetivos sobre naturaleza y sociedad), creencias (sobre conocimientos empíricamente incomprobables), valores (ideas previas, juicios de aceptabilidad, deseabilidad y rechazo con que nos acercamos al conocimiento de la realidad), normas (limitaciones a nuestra conducta), actitudes (postura individual de sujeto respecto a valores y normas), signos culturales (tanto señales, que indican hechos concretos, como símbolos, capaces de indicar todos los hechos similares) y conductas no normativas propias de la costumbre o tradición familiar o local. Este término se relaciona con “civilización”.

Cuerpo militar, es un conjunto de militares especializados en una labor dentro del ejército. Aparecieron en el siglo XVIII cuando se especializó a los oficiales dentro de las escuelas militares. El ejército del XIX, estaba dividido en dos armas (infantería y caballería), tres cuerpos (artillería, ingenieros y Estado Mayor), y cuatro cuerpos auxiliares (administrativo, sanitario, castrense y jurídico militar). Los ejércitos de tierra prefieren usar la denominación “arma” para designar los grandes grupos especialistas en el ataque directo como infantería y caballería, mientras suelen utilizar “cuerpo” para los más pequeños como artillería, ingenieros y Estado Mayor, a los que habría que añadir los cuerpos auxiliares de intendencia o administrativo, sanidad, jurídico militar, veterinario y castrense. La marina prefiere utilizar el término “cuerpo” para designar a todos sus grupos, y así aparece el Cuerpo General de la Armada, el de ingenieros navales, el de infantería de marina, el de intendencia de marina, el de máquinas, el de sanidad de marina, el jurídico de marina…

cura, sacerdote católico que tiene contacto directo y convivencia con los creyentes. En la Edad Media y Moderna y en el siglo XIX, como institución, generalmente era muy estimado por el pueblo, frente a otros sacerdotes y obispos a quienes se discutía y criticaba mucho más, e incluso se odiaba.