Ilustración: época del siglo XVIII en la que se impuso una forma de pensar que sometía todo al estudio de la razón (eliminando irracionalidades) persiguiendo el interés del individuo. Los males a perseguir eran la ignorancia y la pasión. La razón se identificaba con la naturaleza y con Dios.

Imperialismo: Extensión del dominio político, económico o cultural de una entidad política sobre otras entidades similares. En el siglo XIX, búsqueda de mercados externos y campos de inversión en el extranjero que hicieron los países industrializados. El imperialismo puede ejercerse sobre las colonias y fuera de ellas.

Impuestos medievales, multiplicidad:

Alcabala o gabela, es un impuesto pagado al comprar y vender. La gabela de la sal se cobraba por consumo imputado, sin necesidad de que se produjera realmente ese consumo.

Ban, era el derecho a maltratar físicamente y daba lugar a banalidades o impuestos para no sufrir ese tipo de castigos.

Casuales, son los tributos pagados a los curas con ocasión de bautizo, defunción, boda o servicio parecido.

censos o redevances francesas, eran pagos a fecha fija, generalmente nombrada por el santo del día, sobre la tierra y se pagaban al noble o señor de la zona. Por ejemplo, podemos hablar de la marzadga (marzo), martiniega (San Martín, 11 de noviembre).

Corvea, era un impuesto en forma de días de trabajo obligatorios para el señor o el rey.

Costumbre, era el tributo pagado a un convento, noble, párroco en días señalados, consistente en pollos, docenas de huevos, corderos, etc.

Diezmo, era un impuesto menor del 10% sobre la cosecha y frutos del ganado que se pagaba a la Iglesia y era pagado por el explotador de la tierra y no por el propietario.

Gabela o alcabala, era un impuesto pagado en el mercado sobre la sal y el aceite y otros productos de primera necesidad.

Gavilla o champart, francés es una especie de diezmo menor pagado al señor o noble de la zona.

Horno, es el lugar donde se cuece el pan, que el señor medieval hacía obligatorio y daba lugar a un impuesto del campesino al señor.

Infurción, prestación anual que el campesino pagaba al señor en metálico o en especie en concepto de cultivar las fincas. Es igual a la martiniega, pero del siglo XIII y propia de las tierras del Duero. Fue denominada functio, vectigalia, censum, tributum, hasta que en el siglo XI se generalizó el término infurción.

Laudemio, era un impuesto cobrado por el señor en las transmisiones hereditarias de los campesinos de su zona.

Lagar, es el lugar donde se pisa la uva, que el señor medieval hacía obligatorio, y que daba lugar a un impuesto a pagar al señor.

Maquila, es la parte que se queda el molinero en el molino. Como el molino es del señor y obligatorio su uso, es un impuesto más.

Martiniega o marzazga, tributo anual por la casa familiar, pagado el día de San Martín, en concepto de estar edificada sobre suelo señorial.

Mayordomíaera el tributo que los mayordomos de determinada imagen aportaban en cada festividad del patrón celebrado.

Montazgo, era el tributo pagado por el campesino al noble por utilizar ramas y madera recogidos de los terrenos incultivados.

Ofrenda, era la aportación que los fieles debían hacer a la Iglesia en los actos religiosos, obligatoria si se trataba de los oferentes de una misa.

Peaje, pontazgo, era un impuesto por utilizar determinados caminos o puentes.

Portazgo, impuesto pagado al entrar o salir por las puertas de un poblado.

Primicia, era el pago del primer fruto de la tierra o del ganado para la parroquia.

Talla o capitación, era un impuesto pagado al rey, asignado a la parroquia en conjunto y repartido más tarde entre los vecinos según criterios de éstos, cabezas o fortunas.

Vigésimo, era la veinteava parte (5%) de las rentas de los bienes raíces.

Inclusa, establecimiento propio del siglo XVI que recogía niños expósitos hasta la edad de 6 ó 7 años en que pasaban a la calle o al hospicio. Solían ser hijos ilegítimos, muchos de ellos de nobles, pero también se admitía a huérfanos y de familias no pudientes. Los niños podían ser adoptados pro familias pudientes, o podían ser recogidos por sus padres si mejoraba su porvenir económico. Eran amamantados por nodrizas, casi siempre muy pobres, que buscaban dinero, pero no solían tener la salud, higiene y voluntad adecuadas a la necesidad del niño, por lo que la mortalidad era muy alta llegando a casos extremos de 875%o en algún caso.

Indianas, tejidos de algodón típicos de la India que pasaron a fabricarse en Gran Bretaña a partir de finales del siglo XVII.

Infidencia, falta a la confianza depositada en una persona por una autoridad personal o institucional.

Inflación: existencia en una sociedad de mayor cantidad de dinero que de necesidades de intercambio de riqueza. Contrario a deflación.

Infraestructura: parte material que soporta un proyecto. (ver sobreestructura).

Inmovilizado industrial: conjunto de los bienes que la empresa destina de manera permanente a su actividad, es decir, terrenos, edificios, herramientas, muebles, patentes, tecnología, títulos de otras empresas imprescindibles para nuestro funcionamiento y pagos sobre inversiones en curso de ejecución. Inmovilizado = inversión inicial +- revaluaciones +- amortizaciones. También se considera inmovilizado las inversiones o participaciones en otras empresas.

Inmunidad, es un privilegio por el que una persona o territorio quedan exentos de una obligación jurídica. En la Edad Media eran territorios inmunes los que estaban libres de algún impuesto, de servicios o de cargas públicas. En Asturias y León, y más tarde en Castilla, inmunidad significaba que un territorio no dependía del rey sino tributaba a un señor y era juzgado por él. En el campo eclesiástico, inmunidad es que los religiosos no estén sujetos a oficios y cargas personales (como las corveas) ni sometidos a jurisdicción ordinaria, y que los lugares sagrados estén exentos de usos profanos y que gocen de derecho de asilo. En la Edad Contemporánea gozan de inmunidad los parlamentarios, que no pueden ser arrestados ni procesados sin permiso de las Cortes, y los diplomáticos extranjeros, que no pueden ser juzgados por tribunales españoles.

Integrismo, tendencia religiosa y política que cree que el Estado debe seguir los principios morales de una religión determinada y de ninguna otra. No tolera otras religiones pues cree en una verdad única que Dios les ha confiado a ellos. En el catolicismo, hace referencia a la aceptación de la doctrina papal de manera “íntegra”, tal como se decidió en el Congreso de Burgos de 1888 siendo líderes de los integristas Cándido y Ramón Nocedal. El Papa había condenado la separación entre Iglesia y Estado, la libertad de cultos, el origen humano de la autoridad, la posibilidad de competencias del poder civil en materias de matrimonio y enseñanza, y el sistema democrático en su conjunto como contrario a la moral cristiana. Nocedal aprovechó la falta de matices, que más tarde introduciría la Iglesia, para hacer la más radical de las interpretaciones, dividiendo con ello a los católicos españoles entre el integrismo y la tolerancia. Las religiones no integristas practican la tolerancia religiosa, que puede practicarse desde el Estado confesional, que declara una religión como propia de ese Estado, pero tolera a las demás religiones, o desde un Estado no confesional, que no se inclina por ninguna de las religiones que practican los ciudadanos de ese Estado. Por último, el Estado laico defiende que la religión es un asunto privado de los ciudadanos y no un asunto de Estado. El integrismo español, muy influyente a finales del XIX, entró en crisis a partir de 1906 cuando algunos jesuitas empezaron a discrepar de las tesis de Nocedal, pero todavía influirá mucho en la historia de España en todo el siglo XX. Hoy, el integrismo más fuerte se encuentra en países de religión musulmana, pero también entre minorías de países protestantes y católicos.

Internacional AIT, asociación de obreros de todo el mundo fundada por Marx en 1864. La segunda se fundó en 1889, Engels. La tercera tuvo lugar en 1919, Lenin.

Interregno: periodo entre dos reinados en el que un Estado permanece, provisionalmente, sin rey.

Intifada, guerra de baja intensidad, de piedras, llevada a cabo por los palestinos contra los judíos a partir de 1987.

Inquisición, tribunal de la Iglesia para reprimir la herejía. En España era apoyado por las fuerzas del Rey.

Intendente, funcionario real del siglo XVIII que administraba una provincia para defenderla y desarrollarla económicamente.

Inversión: parte del ahorro gastado en bienes de producción.

Ira regia, atribución del rey en los siglos XIII y IX, que se recoge en leyes en el XIII y que le permite castigar a los traidores y actuantes contra los intereses del rey, con penas de destierro, pérdida del vínculo vasallático, honores y tenencias y soldadas recibidas, e incluso con la confiscación de bienes. Nunca incluía castigo corporal, pues se trataba de relaciones entre nobles.

Irmandiños, sublevación de los pequeños nobles, burgueses y artesanos contra los grandes señores gallegos y arzobispo de Compostela, que tuvo lugar entre 1418 y 1469.

Islamismo: recuperación de las formas políticas y sociales propias de lo musulmán, y desecho de lo europeo u occidental. A veces significa vivencia más profunda de la religión. Puede ser más o menos liberal dentro de las tradiciones islámicas. Hay un islamismo revolucionario, violento, terrorista, y un islamismo moderado o consensual que trata de hacer cambiar al Estado mediante la negociación y presión de las masas.

Itinerante: necesidad constante de ir de un lado para otro, sin rumbo determinado, buscando la supervivencia.

Izquierda, partido o partidos políticos que consideran fundamentales los derechos sociales y económicos, de modo que no dudan en alterar el orden social y la propiedad si lo consideran preciso para conseguir estos derechos.

 

 

 

Jacobinismo: movimiento político francés de 1793 que puso el poder en manos de comités populares, sansculottes.

Jarichíes, secta musulmana que opinaba que todos los musulmanes eran estrictamente iguales en derechos y cualquiera podía ejercer el poder incluso en los grados más altos, siempre que fueran moralmente puros y verdaderos creyentes, pues Alá les guiaría. En consecuencia, reclamaban el igualitarismo en cuanto a la posesión y disfrute de las riquezas.

Jefe del Estado, representante de la unidad del Estado frente al interior y del Estado mismo frente al exterior. Rey. Presidente de la República.

Jefe del Gobierno, líder del poder ejecutivo de un Estado en un periodo determinado. Presidente del Gobierno.

Judicial (poder judicial): es el poder para resolver conflictos entre ciudadanos, entre ciudadanos con la administración (contenciosos) y entre instituciones de Gobierno.

Juntas, órganos salidos de la iniciativa popular que tomaban el poder espontáneamente en periodos revolucionarios. Grupo militar o político que se hace cargo del Gobierno o de una institución determinada.

Jurisdicción: derecho a hacer ejecutar las leyes, territorio al que afecta este derecho.

Juros, títulos de deuda pública que se emitieron en España a partir de los Reyes Católicos y se liquidaron en el XIX por el Arreglo General de la Deuda, convirtiéndolos en deuda amortizable. Se llamaban “juros situados” a los que hacían referencia a rentas concretas de la Corona, lo cual les daba distinta rentabilidad según las rentas a que estuviesen referidos, y distinta garantía. Independientemente de ello, los juros podían ser al quitar, perpetuos y vitalicios. Ver vales reales.

Justicia, atribución a cada uno de lo que le corresponde en derecho (no se debe confundir con igualitarismo -tratar a todos por igual- que es una doctrina anarquista).

Justicia, cargo político aragonés que detentaba el poder judicial e interpretación de los fueros.

 

 

Krausismo, doctrina filosófica ética del siglo XIX que dio lugar a un tipo de enseñanza sin prejuicios exteriores impuestos al individuo.

Ku-Klux-Klan: asociación secreta terrorista y racista de gran influencia en EE.UU. entre 1921 y 1932.

Kulak: campesino ruso propietario de tierras.

Kulturkampf: (lucha por la cultura), campaña de Bismarck en 1871-80, contra la Iglesia católica.

 

 

Latifundio: explotación agrícola mayor que lo que puede trabajar una familia campesina con el nivel técnico de su momento histórico. Suele aplicarse a muy grandes extensiones de terreno.

Laudemio, derecho a pagar al señor del dominio eminente, cuando hay una sucesión o trasferencia en el dominio útil de la tierra.

Lazareto, establecimiento sanitario de aislamiento de enfermos con enfermedades contagiosas propio del XVIII y el XIX. Había lazaretos “sucios”, en los que se hacían cuarentenas, en Canarias, Mahón (Menorca), San Simón (Vigo), Pedrosa (Santander), Tambo (Pontevedra) y Oza (La Coruña). También había lazaretos “de observación” en Tarragona, Barcelona, Valencia, Alicante, Torrevieja, Cartagena, Almería, Cádiz, Málaga, La Coruña, Santander, Bilbao, San Sebastián, Ceuta, Santa Cruz de Tenerife.

Legatario, es quien recibe parte o toda una herencia sin ser heredero legítimo. Los herederos son sucesores a título universal, mientras los legatarios lo son a título particular.

Legión, cuerpo de voluntarios creado en 1920 en España para luchar en Marruecos.

Legislativo (poder legislativo): es el poder de hacer las leyes el cual se subdivide en otros que son la iniciativa legal, discusión de la ley, aprobación, refrendo y publicación.

Legitimismo: partidarios de la continuidad monárquica absolutista y de la sucesión ordinaria a la corona.

Lendakari, presidente del Gobierno autónomo vasco.

Leninismo: comunismo de Lenin de la revolución de los países subdesarrollados, el nuevo proletariado del mundo, preparando la revolución mundial.

Ley, norma de obligado cumplimiento votada en Cortes y sancionada por el Jefe del Estado que obliga a los ciudadanos a hacer o dejar de hacer algo. Moralmente es un problema, pues el gobernante no puede legislar cualquier cosa, y se considera que la ley debe ser honesta, justa, posible, conforme a naturaleza, conforme a costumbres, conveniente, necesaria, útil a la sociedad y manifiesta, pues en caso contrario los ciudadanos deberían negarse a obedecerla.

Orden ministerial: orden emanada de una Comisión Delegada del Gobierno o de un Ministerio

Decreto: orden emanada del Consejo de ministros.

Ley ordinaria: ley propuesta por quien tenga capacidad para hacerlo y aprobada en las Cortes por mayoría simple.

Ley orgánica: ley que desarrolla un título, capítulo o artículo de la constitución y es declarada tal por las Cortes necesitándose dos tercios de los Diputados para aprobarla y para derogarla.

Leges datae, son leyes romanas dadas por un magistrado cum imperio. Se gravaban sobre una tabla que se guardaba en el capitolio o en el foro.

Leges rogatae, son leyes romanas emanadas de la colaboración de un magistrado superior y el pueblo.

Ley de fugas, terrorismo de Estado puesto en práctica a finales del XIX y principios del XX en España para luchar contra rebeldes y terroristas.

Ley sálica, doctrina francesa que excluía a las mujeres del trono, introducida en España en 1713 y abolida en 1789 y 1830.

Lezda, (lleuda en catalán-valenciano-aragonés, portazgo en castellano más usual) era un impuesto que gravaba la entrada de mercancías para la venta en una ciudad y también se denominaba portazgo, y a veces se confunde con peaje. Era una tarifa fija y no ad valorem, de modo que había una lista de artículos y lo que pagaba cada uno. Las grandes ciudades comerciales, como Valencia y Barcelona, y también Mallorca, estaban exentos de lezda.

Liberal: persona que piensa que los derechos del individuo están por encima de cualquier institución política, económica y religiosa y respeta esos derechos en cada uno de sus semejantes atendiendo a su opinión y su derecho a discrepar.

Liberales, partido o grupo que se oponía a los absolutistas.

Liberalismo: teoría política del siglo XIX que defendía la libertad individual, la igualdad ante la ley, la propiedad individual, la soberanía de los pueblos, el pluralismo político y la constitución como garantía de esta libertad. Cada individuo es sujeto de derechos, y cada derecho de cada individuo es importante en sí mismo, de modo que el Estado está al servicio de estos derechos y no el individuo al servicio del Estado. Antecedentes del liberalismo son el Renacimiento en cuanto a reivindicación y valoración de lo humano, Lutero por defender la relación directa del individuo con Dios sin necesidad de intermediarios, y diversos movimientos de la Edad Moderna que reivindicaban que la justicia y los derechos humanos estaban por encima de la autoridad del monarca, de modo que se empezó a hablar de gobiernos legítimos y tiránicos. Se considera definitiva la Carta de Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789 reivindicando los derechos de cualquier ser humano sobre la tierra. En el XIX, el liberalismo fue utilizado para justificar el dominio de las oligarquías económicas sobre los trabajadores, y contra ese tipo de política surgieron los movimientos socialistas, hasta que a fin de siglo se aceptó la posibilidad de convivencia del socialismo democrático con el liberalismo social.

Liberalismo económico o librecambismo, es la teoría económica liberal que asume la propiedad privada como base de todos los derechos humanos, la sociedad y economía como suma de individualidades y las relaciones económicas en libre competencia e igualdad ante la ley. En el XVIII se reivindicó que el Estado no interviniera en economía, laisser faire, laisser passer.

Liberalismo intelectual, es una postura ética, ideológica, que reivindica al individuo como máximo valor al que se subordinan la sociedad y la política. Libertad, igualdad y propiedad son las bases que garantizan la realización del ideal liberal.

Liberalismo democrático: movimiento político de mediados del XIX que pedía el sufragio universal masculino.

Librecambio: teoría económica que considera que el origen de la riqueza es el trabajo individual incorporado a un objeto y aceptado y valorado por la sociedad.

Libro de los Fueros de Castilla, es una colección privada de derecho territorial hecha por un jurista de la región de Burgos a mediados del XIII, e la que tenemos copia de mediados del XIV. Contiene el privilegio de la ciudad de Burgos dado por Fernando III en 1217 y 307 capítulos de privilegios reales, costumbres locales, hazañas y decisiones judiciales.

Libro de matrículas, es un libro por el que la Iglesia española del XVII controlaba el cumplimiento de los católicos de confesar y comulgar por Pascua florida, y estaba hecho en forma de padrón clasificando a las personas por familias, indicando sexo, estado civil y, a veces, edad, actividad profesional, número de hijos y de criados, y más raramente propiedades y renta anual estimada de la familia.

Liga: alianza.

Limes: frontera terrestre del Imperio Romano y sistema de defensa de la misma.

Llibre del Consolat de Mar, es una compilación privada de derecho mercantil marítimo medieval propio de la Corona de Aragón, que fue objeto de diversas redacciones y revisiones a lo largo del XIII y XIV. Una de las primeras versiones podría ser la de Barcelona 1272. Regula las relaciones entre el propietario de una nave, los marineros, los mercaderes y los pasajeros. En 1283 tenemos una versión valenciana llamada Ordre Judiciari de Valencia, y de por entonces es la versión mallorquina Capítol de les Sportadas d`Alexandría. Otra versión es el Capítol del Rei En Pere de 1340, rey Pedro IV en Barcelona.

Lock out, cierre de una empresa por decisión patronal.

Longitudes antiguas:

Las grandes longitudes se medían en leguas reales (6.687 metros), leguas marinas (5.573 metros), leguas romanas (4.435 metros), leguas francesas (4.440 metros) y millas marinas (1.858 metros), millas marinas inglesas (1.853 metros), millas terrestres (1.609 metros) y millas romanas (1.480 metros).

Las pequeñas longitudes se medían en pies:

Una cuerda eran 2 estadales.

Un estadal eran 12 pies, 3,34 metros.

Una braza eran 6 pies o dos varas, 1,672 metros. La braza inglesa eran dos yardas y tenía 1,828 metros.

Un paso eran 5 pies, 1,393 metros, o dos pasos simples.

La vara eran tres pies (835,8 centímetros) y se asemejaba a la yarda inglesa (914,4 centímetros).

Un codo eran 1,5 pies. Un codo de ribera eran 2 pies.

Un pie eran 278,6 centímetros y equivalía a 12 pulgadas. El pie inglés tenía 304,8 milímetros.

Una pulgada eran 25,4 milímetros.

Una línea era una doceava parte de una pulgada (entre 1,9 y 2,11 milímetros)

Un punto era una doceava parte de una línea (entre 0,13 y 0,17 milímetros).

Lonja, lugar de reunión de los comerciantes como mercado permanente. Los primeros lugares de reunión en Italia se acogían a soportales o loggias, de donde proviene el nombre de lonja, pero ya en el XIV pasaron a tener edificios propios de mercado, y Barcelona lo construyó de 1350 a 1392 y en el XV lo tuvieron otras muchas ciudades mediterráneas.

Luctuosa, tributo de tipo feudal pagado por los clérigos y beneficiarios de un obispo y por los vasallos del obispo, por el que el objeto más valioso de su patrimonio debía ser cedido al obispo a la hora de la muerte. Podía tratarse de un esclavo o esclava, un caballo, un recipiente de plata, un mueble valioso…

Luddismo: sindicalismo violento inglés de 1780-1825 que destruía las máquinas y las fábricas. En 1811-12 estaba muy implantado en Nottingham, Yorkshire y Lancashire. Era un movimiento clandestino cuyo jefe secreto era conocido como el general “Ludd”. Luchaba contra la baja de los salarios destruyendo las máquinas de los obreros sometidos a esa bajada, y contra la comercialización de artículos defectuosos o de peor calidad que la habitual, quemando las partidas defectuosas. Los luddistas detenidos eran condenados a muerte. En España apareció en Alcoy en 1821 y se contagió a Segovia, Ávila, Guadalajara, Sallent, Tarrasa y Camprodón y su acción más importante fue el incendio de la fábrica El Vapor de Bonaplata en Barcelona en 1835. Rebrotó años más tarde en la crisis de 1854, cuando hubo un asalto generalizado a las selfactinas de Barcelona. Se debilitó a partir de esta fecha por aparición de otros tipos de socialismo.