Fabiano: demócrata liberal británico próximo a las ideas socialdemócratas.

Factor, oficial de la Casa de Contratación, que junto al Tesorero y el Contador eran los tres jueces que decidían sobre problemas del comercio con América. El primer factor fue Francisco Pinedo 1503-1509, y el segundo Isásaga, que hizo las ordenanzas de la Casa de contratación de 15 de junio de 1510.

Factor, oficial real de la hacienda indiana ocupado de salvaguardar los intereses de la Corona y que ya apareció con Colón y con Ovando desde los primeros tiempos del descubrimiento. Cuidaba los almacenes del rey, la compra y venta de mercancías, los indios de explotación directa de la Corona para trabajo en minas, la recaudación de rentas y los tributos en especie.

Factoría: establecimiento mercantil de las metrópolis en sus colonias.

FAI Federación Anarquista Ibérica, grupo anarquista violento aparecido en España en 1927 y que dirigió CNT hasta la Guerra Civil.

Familia nuclear, elemento social básico de la sociedad clasista integrado por una generación de individuos (el matrimonio y sus relaciones con los abuelos y con los hijos de ese matrimonio. Respecto a la sociedad tribal, elimina los vínculos generacionales. Respecto a la sociedad medieval, sustituye los intereses vinculados a la familia, por el amor o interés entre los cónyuges tomados individualmente.

Fascismo: movimiento popular de masas que se sublevaron contra las actividades políticas y sindicales del socialismo dando lugar a un líder que impuso un modelo de Estado corporativo, con un solo partido y un solo sindicato, la autarquía como sistema económico deseable y un modelo social y laboral que protegió lo popular al margen de teorías liberales.

Fazaña, enxiemplo o ejemplo, son modelos normativos típicos de Aragón y Navarra por los que se regían los jueces antes del siglo XIII. Cuando o había ejemplos a seguir, el juez actuaba a su libre albedrío. Las fazañas acabaron con las recopilaciones legales, empezando por Las Partidas de Alfonso X en el siglo XIII.

Federado: revolucionarios franceses ultraviolentos protagonistas de la Convención Nacional.

Federalismo: concepto político por el que la soberanía radica en cada uno de los Estados que conforman el Estado Federal o unión de todos ellos. Se opone a Estado Unitario Centralista y a Confederación. Entre los Estados federados hay un pacto por el que ponen en común una serie de temas, en los cuales las decisiones se tomarán por mayoría, y no se necesitará unanimidad como en la confederación. Si los temas puestos en común son muchos, el Estado se puede parecer al unitario centralista.

Felonía, en la Edad Media, incumplimiento de la fidelidad debida por el vasallo al señor. En casos graves, la felonía se puede castigar con la diffidatio (ruptura del compromiso de fidelidad), con la commisio (confiscación del feudo), o con embargos temporales del feudo.

Feminismo, movimiento a favor de los derechos de la mujer nacido en Francia en la Revolución Francesa, cuya Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano no tuvo en cuenta a las mujeres y en Gran Bretaña (Mary Wollstonecraft 1792), y desarrollado en Gran Bretaña tras la Guerra de Crimea de 1854, reivindicando acceso a los campos de guerra, a la universidad, en capacidad jurídica, en el derecho al voto, en la igualdad de salario con el hombre.

Feudalismo, régimen económico social propio de la Edad Media basado en relaciones personales: señoriales (señor-siervo) y vasalláticas (señor-vasallo).

Feudo: tierra y otros beneficios, con siervos incluidos, que el señor feudal entregaba a su vasallo a cambio de su auxilio y consejo.

Fideicomiso: encargo cuyo cumplimiento se deja a la buena fe de una persona determinada denominada fideicomisaria.

Fiel o fidel, persona obligada a guardar fidelidad a otra que le ha confiado una misión. Los fideles son un antecedente de los vasallos medievales, que recibirán un beneficium o feudo. También se llamó fideles en la Edad Media a los delegados de la ciudad para desempeñar un determinado cargo municipal tal como juez, inspector de mercado, abastecimientos, guardián de las medidas… como los antiguos decuriones romanos.

Fisiocracia: teoría económica que enseñaba que el origen de la riqueza sólo se encontraba en el poder generativo de la tierra.

FMI Fondo Monetario Internacional, organismo de Naciones Unidas creado en 1944 para vigilar el cambio entre monedas de distintos países.

Fordismo: división del trabajo en los más segmentos posibles y organización de la cadena de producción aplicando el taylorismo.

Foro: enfiteusis o contrato agrario de arrendamiento de larga duración, que solía fijarse en tres reinados de reyes o tres vidas de los propietarios titulares, propio de Galicia, Asturias y León, que suele dar lugar a rentas antiguas muy bajas y subarrendamientos. Lo característico es que una renta que ni es perpetua ni es temporal. Es a largo plazo, pero con límite cierto, y tan largo y difícil de exigir su final, que tampoco se puede afirmar que sea temporal. Además, el foro se hereda, por lo que el nuevo forero o arrendatario del foro, paga laudemio o derecho por transmisiones hereditarias al señor. En Galicia apareció en el siglo XII, como cesión perpetua a cambio de una renta en dinero, pero en el siglo XIV y XV eran temporales pues se fijaba un plazo, y se pagaba la renta en especie proporcionalmente a la cosecha. En el XVI retrocedió en Castilla y es cuando se generaliza en Galicia, porque la Iglesia y la nobleza, favorecidas pro los Reyes Católicos, crearon foros para obtener rentas a largo plazo. En el XVII se puso en duda la legalidad de la temporalidad o intemporalidad del foro. En 1763, el rey prohibió el desahucio del arrendatario o forero, con lo cual las rentas se quedaron muy bajas y fue posible el subarrendamiento en segundo, tercer y cuarto grado, y se inició la “polémica de los despojos” que comprendía la renovación forzosa del foro a favor de quien ya lo disfrutaba, la no modificación de las rentas forales ni su posible eliminación por redención, lo cual significaba que su límite en el tiempo era sólo teórico. En 1811, con el decreto de abolición de los señoríos, los legisladores no se atrevieron con el tema de los foros y, aunque los liberales eran partidarios de su eliminación por redención, nunca legislaron sobre ello. A final del XIX, algunos foros desaparecieron por iniciativa y acuerdo entre las partes, cuando las bajadas de precios de los alimentos no hacían rentables los cultivos. Se abolió por decreto ley en 1926 mediante redención, lo cual hizo que permanecieran foros irredentos hasta su abolición definitiva en 1963. El que toma el foro se denomina enfiteuta.

Fraile, miembro del clero regular con ocupaciones fuera del convento. Se opone a monje, que no sale nunca del convento.

Fratría, conjunto de los descendientes, reales o sobrevenidos por simpatía, de un antepasado común, que sienten un parentesco espiritual entre sí, un espíritu de hermandad.

Frente popular, coalición de partidos de centro izquierda contra el fascismo, con protagonismo de socialistas y comunistas. Se dieron en Francia y España 1936.

Fuero: conjunto de normas de convivencia, justicia e impuestos, concedido por un señor o un rey a un determinado concejo, mancomunidad o territorio. Fueron redactados entre el siglo X y el XIII y estuvieron vigentes hasta el XV. Suelen fijar los términos del concejo, las relaciones con el rey o con el señor, la organización de la comunidad concejil, las prestaciones que cada vecino debe al concejo, las exenciones fiscales y militares y los procedimientos penales que se seguirán en ese lugar. A veces, las “chartae populationis” (cartas de población o cartas puebla) incluían las condiciones de establecimiento de la población en ese lugar. A veces, el fuero es muy extenso e incluye todo el derecho vigente en esa localidad y hablamos de “libro de fueros”. En el siglo XII hubo tendencia a uniformar los fueros, adoptando unos lugares los fueros que de otros que les parecían mejores y fueron muy adoptados los de León, Sahagún, Benavente, Logroño, Toledo, Cuenca-Teruel, Jaca-Estella, Zaragoza y Lérida, de modo que los modelos se reducen a unos pocos y el derecho aparece bastante uniformado. En finales del XIII y principios del XIV dejaron de aparecer fueros nuevos, pero se reformaron los antiguos hasta el XV.

Fuero eclesiástico: potestad judicial de la Iglesia sobre algunas causas y algunas personas. Las causas que la Iglesia considera suyas son las que tocan a temas espirituales o próximos a ella como bienes eclesiásticos y rentas eclesiásticas que no hubieran sido cedidas por la Iglesia a otra jurisdicción. También reclama el derecho a opinar sobre temas temporales por razón de pecado o por afectar a cristianos. Las personas que la Iglesia considera bajo su fuero son todos los cristianos. La Iglesia tenía “privilegio de foro” lo cual significaba disposición especial en todas las causas, contenciosas y criminales, a favor de los clérigos, de modo que estas personas debían por norma comparecer ante juez eclesiástico a no ser que hubiera disposición efectiva en contrario.

Fuero General de Navarra: compilación de normas de derecho navarras que tuvo lugar por primera vez en 1238, Teobaldo I de Navarra, y por última a finales del XIV, pero que nunca fue promulgada como ley. Disponemos de una versión breve de 252 capítulos, y una versión extensa de 531 a 554 capítulos, según las copias, que hablan de organización del reino, asuntos de guerra, abogados y procuradores, derecho procesal y heredaje, censos, impuestos, contratos, testamentos, matrimonio, adulterio, filiación, cuestiones penales y de procedimiento, bienes comunales y policía rural.

Fueros de Aragón: es el conjunto de varios libros de fueros aragoneses, que comprende el Código de Huesca de 1247, el Privilegio General de 1283, el Privilegio de la Unión de 1287 y los fueros de las distintas ciudades aragonesas, de los cuales los más importantes son Jaca 1064, Daroca 1140 y Teruel finales del XII, pero también hay fueros de Calatayud 1131, Alfambra 1174, Zaragoza 1118.

Fumazga, fumo, fumática, fumaga, humazgo o martiniega, es el tributo anual pagado por la casa familiar el día de San Martín atendiendo en que está construida sobre suelo señorial.

Fundamentalismo: seguimiento de los antiguos preceptos de una religión, de la Biblia en el caso cristiano, del Corán en el musulmán, lo que representa un inmovilismo total histórico.

Furs, fueros valencianos establecidos en la ciudad de Valencia entre 1239 y 1261. Equivale al término castellano fueros, dicho en catalán, valenciano o mallorquín. En Cataluña se usan los términos drets, usatges, y privilegios. En Aragón se usa el término privilegio.

 

 

Generalitat, gobierno autónomo de un territorio de la antigua corona de Aragón. La primera apareció en Barcelona en 1289 y luego en Valencia en 1321 y era una diputación permanente de las Cortes para gestionar los tributos fijados en Cortes o drets del general, o generalidades. Pero como estos tributos se convirtieron en algo permanente, la Generalidad acabó siendo permanente también, y así se decidió en 1359 en Cataluña, y en 1418 en Valencia. En Cataluña integraban la Generalitat 3 diputados (uno militar, uno clérigo y uno por el rey) y 3 oidores que se encargaban de contabilidad y tesorería. En Valencia la integraban 6 diputados, 2 por cada brazo, y 3 clavaris (misma función que los oidores catalanes). Los diputados de la Generalidad eran portavoces de los estamentos ante las Cortes, defendían el territorio, eran tribunal de justicia y eran responsables de la gestión de los drets del general o generalidades. Las generalidades o drets eran impuestos indirectos sobre la entrada y salida de mercancías que se arrendaban a mercaderes y gravaban las mercancías en un 5-10%, sobre el precio en el caso de trigo y azafrán y otros, o sobre el peso en el arroz, sal y lana y otros.

Gentilitas, unidad suprafamiliar del mundo indígena hispano de época prerromana y romana, basada en lazos familiares y políticos. Se confunde con la gens, y algunos dicen que son lo mismo, otros que la gentilitas es una fracción de la gens, y otros que eran dos cosas completamente diferentes que acabaron siendo igualadas por los romanos. Parecen ser propias de los celtas y se denominan a sí mismas con nombres acabados en -cum y con, y en -orum en tiempos de los romanos y así conocemos los abinicum, litocum, ambaticum, caburicum, caricon, tauricon, veronigorum, desoncorum…

Girondino: revolucionario francés partidario de llevar la revolución a todo el mundo.

Gobernador civil, funcionario que representa al Gobierno central en una provincia determinada.

Gobierno: conjunto de políticos que rigen un Estado en un periodo determinado y concretamente el Presidente (Jefe del Gobierno) y su Consejo de Ministros como cúpula de ese conjunto. En historia se suele escribir con mayúscula, para distinguirlo de “gobierno” con minúscula: forma de gestionar una empresa o Estado.

Golillas, funcionarios del siglo XVIII formados en los despachos de la Administración y que algunos podían llegar a los puestos más altos de la misma, por lo que no eran bien vistos por los colegiales. Algunos eran manteístas, y otros no habían pasado nunca por la Universidad. Se denominaron así por la prenda de vestir, denominada golilla, que era el símbolo de su medio de vida.

Gran capitalismo: concentraciones empresariales y bancarias habidas en la segunda mitad del XIX.

Grandeza, máxima categoría nobiliaria en España, instituida por Carlos V en 1520 para denominar a los hasta entonces “ricos hombres”. Dio título de grandeza a 20 señores, los señores de Villahermosa, Denia, Segorbe y Gandía en Aragón, el señor de Lerín en Navarra, y a los duques y príncipes castellanos. Tenían los privilegios de mantenerse cubiertos en presencia del rey, sentarse en la capilla real, entrar libremente en palacio… Las funciones de los grandes eran diplomáticas y militares. Felipe III empezó a vender títulos de grandeza y siguieron sus sucesores, de modo que afines del XVIII había unos 120 títulos. Los grandes fueron utilizados como virreyes de Sicilia, gobernadores de Milán, consejeros de Guerra y de Estado. Fernado VII creó la Diputación Permanente de Grandeza, lo cual les colegiaba como colectivo. En 1834 fueron miembros natos del Estamento de Próceres del Estatuto Real. En 1845 y en 1876 eran miembros natos del Senado.

Gremio: institución medieval y moderna que agrupaba a todos los trabajadores de un mismo oficio, controlaba la producción y comercio, tanto en materias primas, como trabajadores, horarios, modelos y precios. Los magistrados del gremio se llamaban veedores en Castilla, cónsules en Cataluña, clavarios en Valencia, mayordomos en Aragón, sobreposats en Baleares, y eran elegidos por los propios gremiales reunidos en capítulo o Junta General. El gremio entró en crisis en el siglo XVI por especialización en la producción, lo cual llevó a la fragmentación interior del gremio en especialidades productivas, y por el cierre defensivo del gremio sobre sí mismo, lo cual llevó a ser visto como contrario a los intereses del común de la población. También ocurrió que las necesidades de capital se incrementaron, y los gremios empezaron a depender de otras entidades bancarias para adquisición de materias primas y de tecnología. Las tensiones estallaron en el XVII, cuando los mercaderes se hicieron empresarios y vieron a los gremios de artesanos como contrarios a sus intereses. Los mercaderes empresarios acabaron utilizando el domestic sistem y la fábrica contra el gremio. Fueron suprimidos en 3 de junio de 1813 en las cortes de Cádiz.

Grupo de presión, lobby: organización que trata de influir en la toma de decisiones políticas del Gobierno. Se habla de «poderes fácticos» (poderes de hecho) para designar a los grupos de presión que están influyendo en el Gobierno en un momento determinado.

Guardia de asalto, cuerpo de policía armada creado por la Segunda República en España.

Guerra fría, situación de enfrentamiento sin guerra abierta mantenida por EE.UU. y la URSS entre 1945 y 1989.

Guerrilla: banda armada para hostigar al enemigo en tiempo de guerra. En tiempo de paz sería organización terrorista.

Gueto, barrio cerrado para aislar a determinada etnia o comunidad humana no deseada por el grupo dominante.

 

 

Habeas corpus: derecho del reo a ser llevado cuanto antes ante el juez o tribunal, ser informado del motivo de su detención, no declarar contra sí mismo…

Hambruna: situación de hambre generalizada en una región.

Heredad, denominación de pequeñas propiedades territoriales familiares campesinas en los siglos IX y X, que designaba tanto el territorio que debía trasmitirse de padres a hijos, como las casas, fueros y derechos (derecho a tributar el conjunto como unidad fiscal única). Fue sustituido por el término “solar” en el siglo XI, pues significó sólo la tierra y ya no se trasmitían los fueros y derechos.

Heredamiento, forma de sucesión típica de Cataluña en la que se dona la herencia, provisoriamente, a un matrimonio que debe mantener el patrimonio familiar, reduciendo la legítima del resto de los hijos al mínimo. Se suele hacer de forma preventiva, para caso de fallecer los padres sin testamento, y el documento es sustituido en su día por el testamento paterno.

Hermandad, nombre de ligas y juntas medievales hechas por agricultores, artesanos, gremios, municipios, nobles… que se formaron en el siglo XIII para apoyarse mutuamente, a veces en reivindicaciones políticas, a veces como defensa antiseñorial, a veces como ayuda social, a veces como defensa contra el pillaje y el bandolerismo. A partir de 1476 sería integradas en la Hermandad General.

Hidalgo, persona que tiene solar (véase heredad) y linaje conocido y goza de unos privilegios, principalmente ejercer cargos municipales, constituyendo así el escalón más bajo de la nobleza. Había hidalgos de ejecutoria e hidalgos de privilegio. En el norte había muchos hidalgos pobres. En el sur, había hidalgos ricos.

Hipoteca, es la garantía por el cumplimiento de una obligación. En Roma existía la “fiducia” o garantía personal, credibilidad de la persona misma, y el “pignus” que era el objeto exigido en garantía cuando no había confianza. Son pignorados por el acreedor pignoraticio, los bienes inmuebles y muebles del pignorante, que pierde sus bienes cuando no satisface la deuda. Para no hacer daño al pignorante, la justicia romana decidió que el desplazamiento del bien pignorado hacia los bienes del acreedor no se produjera sino hasta el momento de incumplimiento de la obligación contraída. En el siglo XIII, el término hipoteca hacía referencia al pignus inmueble, mientras el bien mueble seguía llamándose pignus a secas. De ahí derivó la palabra “peño”. Las Partidas hablan de peño voluntario, el adquirido libremente entre las partes; peño judicial, el impuesto por sentencia; y peño legal, el exigido por alguna ley. En el siglo XVIII, se utiliza la palabra “prenda” para hablar de pignoración de bienes muebles, e “hipoteca” para bienes inmuebles o raíces.

Historia: comprensión del pasado (captación de su sentido como cultura, sin interferir desde el presente) para hacer inteligible el presente (aceptando que nuestra cultura ha derivado de otras similares del pasado, y en cada cultura, y en la actual también, algunos elementos han ido cambiando y evolucionando). A los grandes cambios les venimos llamando revoluciones (revolución neolítica y revolución industrial). Esa comprensión del pasado implica conocer los diversos espacios y tiempos en que se han producido los diversos fenómenos culturales, el ritmo con que cada uno de ellos ha ido cambiando y qué ha ido quedando de ellos en épocas posteriores. El fin último es el conocimiento del presente.

Historicismo: corriente cultural del siglo XIX (iniciada en Hegel) que pretende explicar todas las cosas por cómo han llegado a ser.

Hojas: cada una de las partes en que es dividido el término o territorio de un pueblo a fin de cultivar todos sus habitantes en él al mismo tiempo y dejarlo libre (barbecho) para entrada del ganado simultáneamente.

Holding: asociación económica propia del siglo XX por la que varias empresas con distintos objetivos de producción unen sus cajas de disponible a fin de economizar gastos de financiación.

Holocausto, en principio sacrificio a los dioses, y actualmente, política de exterminio llevada a cabo por Hitler contra judíos y gitanos.

Horda: grupo humano muy poco cohesionado internamente salvo para la rapiña itinerante. Suele ser espontáneo y de duración puntual.

Hospicio, establecimiento propio del siglo XVIII en el que se recogía a niños de seis años, y también adultos y viejos desamparados, para enseñarles un oficio, de modo que constaba de un taller en el que se enseñaba a trabajar la lana, lienzo, camisas, zapatos, cuero… Los niños solían proceder de la inclusa.

Hospital, establecimiento para recoger enfermos. Ha sufrido diversas vicisitudes a lo largo de la historia: en tiempos de los visigodos existió un xenodoquio en Mérida siglo VII; entre los musulmanes había un maristan en Granada siglo XIV; entre los cristianos, los primeros establecimientos de este tipo datan del siglo IX (benedictinos), XI (cluniacenses), XII (cistercienses), y XIV (jerónimos), y eran conventos que recogían peregrinos en los albergues, viajeros en la hospedería, y ancianos y enfermos en el infirmarium. En el siglo XV se preocuparon por este problema las ciudades, las clases burguesas, y aparecieron hospitales como el de la Santa Creu de Barcelona 1401 que era del obispo y el cabildo, el Hospital dels Tolls (locos) de Valencia de 1409 que era de una cofradía de ciudadanos, y el de Nuestra Señora de Gracia de Zaragoza de 1425 que era municipal. En el siglo XVI se tendió a unificar las diversas instituciones sanitarias de la ciudad en un “hospital general” y se hicieron edificios expresamente para ello, siendo destacables por su arquitectura el Hospital de los Reyes Católicos de Santiago, el Hospital Real de Granada y el Hospital de Santa Cruz de Toledo. Algunos centros implantaron la asistencia médica especializada y la investigación médica, llegando muy cerca del concepto que hoy tenemos de hospital, como fue el caso del Monasterio de Guadalupe, el Hospital General de Valencia y Nuestra Señora de Gracia de Zaragoza. En el siglo XVIII, los hospitales fueron ya de tipo médico como los citados destacando el Hospital General de Madrid, Santa Creu de Barcelona, y el Hospital General de la Armada de Cádiz. En el XIX, el principal cambio fue un proceso de secularización, pues los hospitales estaban dirigidos por la Iglesia y atendidos por monjas, pero la mayoría siguió dependiendo de órdenes religiosas. Los hospitales del XIX separaron los enfermos en pabellones diferentes según su enfermedad y así nació el Hospital de la Princesa de Madrid 1852, Santa Creu de Barcelona y San Pau de Barcelona 1902. En el siglo XX, los hospitales se construyeron como grandes bloques de muchas alturas y se caracterizaron por adquirir mucho material médico y prescindir definitivamente de las religiosas, para entregar el cuidado de los enfermos a cuerpos de enfermeras (escasamente había algún enfermero).

Hospitalitas, institución jurídica de la España primitiva por la que los miembros de una gentilitas eran acogidos en otras gentilitates amigas cuando iban de viaje como peregrinos, o llevaban mercancías.

Hospitium, obligación de dar alojamiento a los funcionarios y militares en sus desplazamientos que impusieron los romanos y se mantuvo posteriormente en la historia. El hospitium como acogida a los extranjeros de comunidades amigas, sería igual a la hospitalitas.

Huelga general, teoría de la: ideología de la violencia propia de los sindicatos de principios del siglo XX. Como ideólogo se estudia a Sorel.